Ser español (hombre o mujer).
Tener cumplidos 18 años de edad y no tener cumplidos los 30 años a la fecha en que termine el último día de plazo de presentación de solicitudes.
Estatura mínima de 165 cm. (hombres) y 160 cm. (mujeres) según Real Decreto 249/2006, de 3 de Marzo, por el que se modifica el reglamento de procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía.
Estar en posesión del título de Graduado en Secundaria, Formación Profesional de Grado Medio, o equivalente, o superiores. (En 2003 se admite como equivalente *Graduado Escolar)
Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Estar en posesión de los permisos de conducir A, B y la autorización BTP. El permiso A y BTP deberán obtenerse antes del día que proponga la resolución de la convocatoria.
(*) Según escrito de la Dirección General de la Policía, división de formación y perfeccionamiento, con número de registro 20.06.00005351 y firmado por el Jefe del Servicio de Procesos Selectivos, “el título de Graduado Escolar es suficiente para cumplir el requisito de titulación académica para ingresar en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, por considerar que es equivalente a la especificada en la base 3.1.d de la convocatoria”.
|